Inicio Noticias El TAS desmonta la versión española y confirma el dopaje de Ben...

El TAS desmonta la versión española y confirma el dopaje de Ben Daoud y Merzougui

Ben Daoud, a su llegada en Praga / EFE
Ben Daoud, a su llegada en Praga / EFE

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), con sede en Lausana, ha dado un golpe sobre la mesa al revocar las decisiones del sistema judicial deportivo español y sancionar con cuatro años de inhabilitación a tres atletas españoles, entre ellos Hamid Ben Daoud, vigente campeón de España de maratón.

La resolución, recogida por Relevo, considera probadas las irregularidades en el pasaporte biológico del fondista de origen marroquí, concluyendo que recurrió al dopaje sanguíneo para mejorar su rendimiento en 2018. Esta decisión deja en entredicho el criterio del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), que previamente había anulado las sanciones propuestas por la Agencia Española Antidopaje (CELAD), argumentando indefiniciones legales sobre la validez sancionadora del pasaporte biológico.

Pero el TAS ha sido tajante: considera que este instrumento constituye una prueba válida tanto dentro del marco jurídico español como en el contexto del arbitraje deportivo internacional. Con ello, se da la razón a la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), que había apelado las decisiones del TAD.

Además de Ben Daoud, el veredicto afecta al también fondista Abdelaziz Merzougui —campeón de Europa sub-23 en 3.000 metros obstáculos en 2013 y olímpico en Río 2016— y al velocista Patrick Chinedu, sancionado por un positivo en nandrolona tras un control realizado en julio de 2019.

En el caso de Ben Daoud, la sanción comienza a contar desde abril de 2025 y se extenderá hasta 2029. Esto implica que pierde el título logrado en marzo en el maratón de Barcelona, donde paró el crono en 2h06:49, logrando la mínima para el Mundial de Tokio, una cita a la que ya no podrá asistir, pasando a manos de Jesús Ángel Olmos.

Pese a que las anomalías en su pasaporte datan de febrero de 2020, los efectos de la sanción se aplicarán únicamente desde julio de 2023, fecha de apertura del expediente. Esto significa que mantendrá sus resultados anteriores a esa fecha, incluido el antiguo récord nacional igualado en el maratón de Valencia de 2021 (2h06:35).


Suscríbete a nuestro newsletter

Recibe en tu correo lo mejor y más destacado de LBDC

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí