Mohamed Katir no se rinde. El subcampeón del mundo de 5.000 metros ha decidido recurrir al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) tras la sanción de cuatro años impuesta por la Unidad de Integridad del Atletismo (AIU), por una presunta manipulación de pruebas y tres fallos de localización en controles antidopaje.
Según EFE, el organismo antidopaje confirmó este miércoles que el atleta murciano ha presentado una apelación formal, mientras que la AIU ha respondido con su propio recurso, dejando el caso ahora en manos del TAS.
Una sanción doble: fallos de localización y “tampering”
Katir fue suspendido inicialmente en febrero de 2024 por dos años, hasta el 6 de febrero de 2026, tras no estar localizable en tres controles antidopaje a lo largo de doce meses. Según explicó el propio atleta, esos errores se debieron a problemas al actualizar sus datos de paradero en la plataforma ADAMS.
Pero la situación dio un giro aún más grave en diciembre, cuando la AIU amplió la sanción otros dos años más, hasta 2028, al considerar que Katir manipuló documentación relacionada con uno de esos fallos.
La acusación se centra en una supuesta alteración en la fecha de un billete de avión a Lisboa, con la que habría intentado justificar su paradero en el primer control fallido. Según la AIU, esa modificación constituye una infracción por “tampering” (manipulación de pruebas), recogida en el artículo 2.5 de su reglamento.
Katir se defiende: “La alteración no cambió nada”
En su comunicado, el atleta no niega haber cambiado la fecha de su viaje, pero insiste en que dicha acción no tuvo ninguna influencia en el procedimiento antidopaje.
“La desafortunada alteración de la fecha de viaje en la reserva y el billete de avión no tuvo —ni pudo haber tenido— consecuencia alguna en el procedimiento antidopaje”, argumentó Katir. “El fallo de localización ya estaba plenamente establecido con anterioridad y de forma independiente a dicha alteración. Por eso, no puede considerarse que exista una infracción de tampering”.
Además, recordó que ya había reconocido el primer fallo de localización, ocurrido el 28 de febrero de 2023, al no tener actualizados sus datos en ADAMS.
El caso, en manos del TAS
Ahora será el Tribunal de Arbitraje Deportivo quien decida si ratifica o revoca la sanción ampliada. Katir busca que el castigo se reduzca a los dos años iniciales, lo que le permitiría regresar a las pistas en 2026. En cambio, si se mantiene la sanción actual, el murciano no podría competir hasta febrero de 2028, lo que pondría en dificultades su continuidad en la vida deportiva.
A la espera del veredicto del TAS, Katir mantiene su postura firme: “No hubo manipulación”, una frase que se ha convertido en su principal argumento de defensa en un caso que marcará un antes y un después en su trayectoria.